miércoles, 2 de diciembre de 2015

Los vigilantes de seguridad denuncian al coordinador del centro de menores de Sograndio.

El colectivo denuncia que no cuenta con la titulación exigida por la ley para dirigir a 35 profesionales.

La asociación de vigilantes de seguridad privada de Asturias (Avispa) ha presentado varias denuncias contra el nombramiento del nuevo coordinador de seguridad del centro de menores de Sograndio. El colectivo asegura que el trabajador designado por la empresa que presta el servicio (Alcor Seguridad) no cuenta con la titulación que exige la ley. Para Avispa esto es especialmente grave si se tiene en cuenta que es el responsable de la supervisión y coordinación de los 35 vigilantes asignados al centro de internamiento de menores, que depende del Gobierno del Principado. Añade, además, que Sograndio no ha constituido un departamento de seguridad, a pesar de sus especiales características.
Avispa ha presentado tres denuncias por estos hechos antes dos organismos, el departamento de Seguridad Ciudadana de la Delegación del Gobierno y la Unidad Territorial de Seguridad Privada de la Policía Nacional en Asturias, en la jefatura superior. Las denuncias son contra el coordinador de seguridad, Dimas Fernández; contra la empresa Alcor Seguridad y también contra el propio director del centro de Sograndio, Manuel Ramos Vicente.
Este colectivo explica que, para ser nombrado jefe de seguridad, el aspirante deberá haber desempeñado puestos o funciones de seguridad, pública o privada, al menos durante cinco años. También necesitará obtener la pertinente tarjeta de identidad profesional, para lo cual habrá de acreditar, a través de unas pruebas, conocimientos suficientes sobre la normativa reguladora de la seguridad privada, sobre la organización de servicios de seguridad y sus modalidades. Avispa asegura que en este caso no se cumplen estos requisitos. Afirma que Sograndio, además, tampoco tiene dado de alta un responsable titular habilitado por el Ministerio del Interior como director de seguridad, tal y como estipula el Reglamento de Seguridad Privada, por lo que carece de la facultad legal de dirigir el servicio de seguridad.