Cuando terminara este CIRCO, UN CONVENIO ´”YA”.
Sindicato Autónomo Andaluz.
miércoles, 5 de abril de 2017
Concentración en el CAR.
Los sindicatos ATES y SPV, han realizado en el día de AYER una
CONCENTRACIÓN a las puertas de la sede del Centro de Acogida A Refugiados (CAR)
contra la empresa de seguridad SINERGIAS de VIGILANCIA y SEGURIDAD, actual
prestataria de los servicios de seguridad privada de dichas instalaciones,
debido a que la citada empresa de seguridad no aplica el CONVENIO COLECTIVO
ESTATAL DE EMPRESA DE SEGURIDAD, a los vigilantes de seguridad que se encargan
de la seguridad de las instalaciones del CAR. A dicha concentración se han
sumado la Central Sindical UGT.
Seguimos a la lucha.
lunes, 3 de abril de 2017
Recordatorio.
Compañeros, mañana 04 de abril a las 9:00 a 13:00
horas, nos vemos en la sede del CENTRO DE ACOGIDA A REFUGIADOS (plaza de la
acogida 1, frente el Carrefour San Pablo), en protesta por el incumplimiento
por parte de la empresa SINERGIAS VIGILANCIA, del Convenio Colectivo Estatal de
Empresa de Seguridad.
Todos queremos expresar la indignación por la
contratación por parte de las ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, de este tipo de
EMPRESAS PIRATAS, que incumple sistemáticamente nuestro Convenio Colectivo.
Te, Esperamos, no, nos falléis.
El Govern ultima un decreto que ordena el ejercicio de competencias en seguridad privada.
En Catalunya hay 13.000 vigilantes de seguridad y
353.000 alarmas.
La Conselleria de Interior de la Generalitat está
ultimando un decreto que regulará el ejercicio de sus competencias en materia
de seguridad privada, determinará los órganos a los que corresponde ejercerlas
y organizará las funciones que ha asumido el Govern, especialmente tras la
aprobación de nueva Ley de seguridad ciudadana.
Actualmente, según datos de la Dirección General de
Administración de Seguridad, en Catalunya hay 13.218 vigilantes de seguridad,
353.274 conexiones de alarmas a centrales receptoras y 101 centrales con
conexiones en esta comunidad.
Asimismo, hay 340 empresas de seguridad que prestan
servicios en Catalunya, de las cuales 198 son exclusivamente catalanas, según
la misma fuente.
En una entrevista de Europa Press, la subdirectora
general de Seguridad Interior, Maite Casado, ha explicado que con la Ley 5/2014
de seguridad privada "no solo se consolidan las competencias sino que se
consiguen más competencias y este decreto refuerza y recuerda que las
competencias de la seguridad privada son de la Generalitat".
Tras la aprobación de dicha ley estatal, la
Generalitat ha ampliado sus competencias en seguridad privada, asumiendo,
además de la apertura de empresas de seguridad con ámbito de actuación en
Catalunya, la de delegación de empresas que actúen en este territorio.
Según recoge el propio decreto, se han asumido las
competencias relativas a la apertura de despachos de detectives y sus
sucursales con domicilio en Catalunya, con la novedad de posibilidad la
apertura de establecimientos mediante declaración responsable.
Corresponderá a la Generalitat la competencia de
autorizar las actividades y servicios de seguridad privada que se lleven a cabo
en esta comunidad, y las competencias de control, inspección y sanción se
asumen en su máxima dimensión tanto en las actividades como en los servicios.
En videovigilancia, corresponde a la Generalitat
autorizar la utilización de cámaras por parte de vigilantes de seguridad y
guardas rurales con finalidades de seguridad privada para captar imágenes y sonido
de vías y espacios públicos.
Una de las competencias que por el momento mantiene
el Estado es la formación y habilitación de los vigilantes privados, por lo que
de momento mantiene la elaboración de los exámenes para ser vigilante de
seguridad, los programas y las pruebas, pese a que la Generalitat los reclama.
COMPETENCIAS
Corresponde a la Generalitat la autorización,
recepción de declaración responsable o comunicación de apertura de las empresas
de seguridad y las delegaciones, los despachos de detectives y sucursales en
este mismo ámbito, las centrales receptoras de alarmas, los centros de
formación, los departamentos de seguridad y los establecimientos obligados a
adoptar medidas de seguridad con domicilio en Catalunya y ámbito de actuación
limitado a este territorio.
Es competencia de la Generalitat, según este
decreto, la autorización de actividades y servicios de seguridad privada que se
lleven a cabo en Catalunya y requieren de autorización o control previo y la
inspección, control y sanción estas actividades.
Además, la coordinación de servicios de seguridad e
investigación privada con los Mossos d'Esquadra y Policías Locales, así como
algunos aspectos de la formación en seguridad privada a través del Instituto de
Seguridad Pública de Catalunya (ISPC).
sábado, 1 de abril de 2017
El Tribunal Supremo desestima el recurso de impugnación por parte de AESPRI del Convenio Colectivo Estatal.
Desestimado el recurso
de casación interpuesto por la representación letrada de ASOCIACIÓN DE EMPRESAS
DE SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL -AESPRI- contra la sentencia dictada por la Sala
de lo Social de la Audiencia Nacional el 17 de diciembre de 2015, en el
procedimiento número 284/2015, seguido a instancia del citado recurrente, en
contra del Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad privada.
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