Desestimado el recurso
de casación interpuesto por la representación letrada de ASOCIACIÓN DE EMPRESAS
DE SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL -AESPRI- contra la sentencia dictada por la Sala
de lo Social de la Audiencia Nacional el 17 de diciembre de 2015, en el
procedimiento número 284/2015, seguido a instancia del citado recurrente, en
contra del Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad privada.
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