miércoles, 28 de mayo de 2014

La Comisión Nacional de Seguridad Privada apuesta por reforzar la estrategia de lucha contra el intrusismo del sector.



El director de la Policía, Ignacio Cosidó, inauguró la reunión anual de la Comisión Nacional de Seguridad Privada. En este encuentro se ha destacado reforzar la estrategia de lucha contra el intrusismo intensificando las inspecciones a través del nuevo Plan Nacional. Asimismo, se ha abordado la puesta en marcha de la segunda fase del Plan Estratégico SEGURPRI, el éxito del Plan Red Azul y el desarrollo normativo de la nueva Ley de Seguridad Privada.



El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, inauguró, el pasado 20 de mayo,  la reunión anual de la Comisión Nacional de Seguridad Privada, órgano consultivo que él preside y que está adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad. A este encuentro, desarrollado en el Complejo Policial de Canillas, han asistido algo más de medio centenar de representantes de la Administración, tanto estatal como autonómica, y del sector de la seguridad privada. El director de la Policía ha destacado el importante papel de la seguridad privada en España, que se ha convertido en una pieza fundamental no sólo por su aportación a la seguridad de todos los ciudadanos sino también como motor de la economía. Cosidó ha señalado que “la seguridad pública y privada afrontan nuevos  retos en materia de colaboración” con la entrada en vigor de la nueva ley de Seguridad Privada dentro de 15 días. Precisamente esta reunión ha abordado la reforma normativa necesaria tras el desarrollo reglamentario de la nueva ley.


Mejora y eficiencia de la seguridad pública 

Durante este encuentro se han analizado también las inspecciones realizadas en el sector de la seguridad privada por parte de la Policía Nacional. Estas inspecciones se han incrementado en un 96 por ciento durante el pasado año y han motivado la imposición de 723 sanciones, la mayoría por intrusismo empresarial y laboral y comunicados de falsas alarmas. En esta reunión, la Comisión Nacional de Seguridad Privada ha apostado también por reforzar la estrategia de lucha contra el intrusismo intensificando las inspecciones a través del nuevo Plan Nacional.

Los asistentes a esta reunión anual de la Comisión han analizado también la puesta en marcha de la segunda fase del Plan Estratégico SEGURPRI, que comprende el periodo 2014-2015 y cuyos objetivos son la completa implantación de la administración electrónica, el aumento de la colaboración nacional e internacional y el programa reforma sobre el marco normativo.


Objetivos que promueven la modernización e impulsan la eficiencia y el ahorro.
Otra de las iniciativas conjuntas que inciden en una mejora y eficiencia de la seguridad pública es el denominado Plan Red Azul, al que ya se han adherido más de 600 empresas, y que ha favorecido el incremento en un 83 por ciento de la colaboración del sector privado con la Policía Nacional durante el pasado año.

Actualmente existen casi 1.500 empresas de seguridad y despachos de detectives autorizados, 988 centros de formación y 560 departamentos de seguridad. En total, hay más de 297.000 habilitaciones de personal que incluyen vigilantes de seguridad, vigilantes explosivos, escoltas privados, jefes de seguridad, directores de seguridad, detectives o guardas.



 

Defensa ha implantado seguridad privada en 147 centros y cuarteles

Complejo de la Armada en la calle de Arturo Soria de Madrid. - Foto:ANTONIO GIMENEZ


El Ministerio de Defensa y los cuarteles generales de los tres ejércitos han implantado seguridad privada en 147 cuarteles, edificios e instalaciones militares distribuidas por toda España. La política de externalización de servicios avanza ante la falta de soldados.


Defensa ya ha renunciado a contar con los 102.000 profesionales estimados en los planes del Gobierno hace cuatro años. El balance de altas y bajas del primer semestre del año sitúa el contingente en 72.604.


La contratación de seguridad privada para cuarteles y centros militares comenzó por la Academia Militar General de Zaragoza. La implantación de vigilantes privados suscitó la polémica de si los militares tenían el deber de hacer guardias y coincidió, en el 2001, con el momento más bajo en la captación de jóvenes como soldados profesionales.


La contratación de agentes de seguridad privada se extendió a las academias de Infantería, en Toledo; de Ingenieros, en Hoyo de Manzanares (Madrid), y de Suboficiales, en Tremp (Lérida).


Defensa adujo que la externalización de servicios y la supresión de las guardias y tareas secundarias --incluidas las de cocina, jardinería, hostelería y otras que realizaban los soldados-- redundaría en la mejora de la formación y en la operatividad de los combatientes.


LLAVES Y ALARMAS Dos años después de aquella decisión, el ministerio y los cuarteles generales ya han implantado seguridad privada para la protección y el control de los accesos de 147 cuarteles e instalaciones militares. Según fuentes del departamento que dirige Federico Trillo, el coste oscila entre los 10 y los 15 millones de euros (entre 1.660 y 2.490 millones de pesetas) anuales.


La secretaría general técnica del ministerio ha contratado un servicio de seguridad que custodia las llaves y mantiene las alarmas de las 52 delegaciones de Defensa y ha implantado vigilancia y seguridad físicas en otros 12 edificios. Y otros organismos ministeriales como el Instituto de la Vivienda y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas han hecho lo propio en sus instalaciones al no disponer ya de soldados de guardia.


Por su parte, la gerencia de infraestructuras y equipamientos de Defensa ha contratado seguridad privada para 19 centros, entre los que figuran cuarteles en Badajoz, La Coruña, Cádiz, Valladolid, Sevilla, Alcalá de Henares (Madrid), la estación de Loran, en L´Estartit (Gerona), un polígono de tiro en La Coruña, varios centros sanitarios y los polvorines de la Sierra de San Cristóbal (Cádiz) y Gándaras (Lugo).


POLVORINES El Ejército de Tierra ha extendido la seguridad privada a varios centros logísticos y de intendencia, talleres de mantenimiento de armas y unidades operativas como la de Mahón (Menorca) y ha dejado en sus manos la custodia de museos y centros no operativos. En total, 38 edificios y cuarteles.


Los responsables de Defensa aseguraron que no había seguridad privada en instalaciones sensibles, pero al repasar las adjudicaciones, se comprueba que el control de acceso a los polvorines de la zona marítima del Estrecho ha sido encomendado a una empresa de seguridad privada.


La Armada también ha implantado seguridad privada en sus centros técnicos y de estudios de Madrid, en todos sus clubs navales, alojamientos logísticos, residencias, museos, una iglesia castrense y varios centros de enseñanza. Y otro tanto ha hecho el Ejército del Aire en algunos de sus centros y bases.


jueves, 22 de mayo de 2014

Así han interpretado los jueces la reforma laboral.



Fachada de la sede del Tribunal Supremo en Madrid.


El 12 de febrero de 2012 el Gobierno aprobó la reforma laboral más controvertida de los últimos años. Al día siguiente, el ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró que esa reforma tendría “efectos positivos a medio plazo”. Pero ¿qué pasaría en el corto? La mayoría de los expertos coincidieron entonces en que la reforma abarataba y facilitaba los despidos, sobre todo los colectivos, y daba más poder al empresario y menos a los jueces. ¿Se ha cumplido este análisis? El despacho de abogados Olswang ha recopilado las principales sentencias del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional, que marcan la interpretación judicial de los aspectos más polémicos de la reforma.
                            
                 ¿Tienen menos poder los jueces?


Una primera sentencia del Tribunal Supremo del 20 de septiembre de 2013 daba la razón a los legisladores del Gobierno, quienes en la exposición de motivos de la ley dejaban claro que los jueces ya no debían exigir la razonabilidad ni la proporcionalidad de las medidas tomadas. Y, por tanto, pasaban a tener menos poder interpretativo. Así dicha sentencia, cuyo ponente fue Aurelio Desdentado, indicó:“no corresponde en el derecho vigente a los órganos jurisdiccionales, al valorar las causas de los despidos económicos, efectuar un juicio de proporcionalidad en el sentido técnico jurídico de la expresión (...) sino un juicio de adecuación más limitado, que compruebe la existencia de la causa o causas alegadas”.


Sin embargo, tras la jubilación de este ponente, el Supremo dijo lo contrario. Fue en un proceso de modificación de condiciones salariales del caso Cortefiel, donde indicó que “tras la reforma laboral, a los tribunales corresponde emitir un juicio no solo sobre la existencia y legalidad de la causa alegada, sino también acerca de la razonable adecuación entre la causa acreditada y la medida propuesta”.


Por su parte, la Audiencia Nacional en su pronunciación ante la impugnación del laudo arbitral en el caso Iberia (sentencia del 28-6-2013) indicó que la justificación de un despido exige, además de acreditar la causa, justificar la pérdida de funcionalidad de ese contrato a extinguir y cómo va a contribuir a hacer frente a la necesidad de la empresa.


En definitiva, según el experto laboralista de Olswang, Daniel Cifuentes, –quien ha elaborado esta recopilación de jurisprudencia– “los jueces siguen teniendo una gran capacidad para valorar la proporcionalidad de las medidas de despido o ajuste”.

              ¿Es más fácil jusitficar un despido?


La jurisprudencia conocida hasta ahora parece que así lo indica.


Los jueces prácticamente no están analizando los aspectos técnicos de las causas económicas. Así, a pesar de que tras la reforma la ley concreta la definición de lo que se entiende por pérdidas, no hay ninguna sentencia que alegue esta situación concreta. Por el contrario, hay varios pronunciamientos judiciales que avalan despidos por “pérdidas actuales” o “pérdidas y disminución de ingresos en los dos años anteriores”, según sendas sentencias del Supremo. Mientras que la Audiencia aceptó que concurre causa económica por algo tan genérico como “una espiral negativa”. Estos mismos jueces respaldaron despidos producidos para volver a contratar a los despedidos más baratos a través de una subcontrata, como ocurrió en el caso NH (15-7-2013). Oque una caída del 40% de las ventas o pérdida de clientes suponen causas productivas u organizativas por sobredimensioamiento de platilla.


Cifuentes resume que aunque a la hora de ver si concurren los motivos alegados “seguimos en parámetros similares a los anteriores a la reforma, los jueces están más abiertos a aceptar las causas”.


                                       Lo más conflictivo


La forma procedimental de diseñar un ERE o negociar unas modificaciones sustanciales de trabajo han sido los aspectos que más sentencias han generado. Y, también los que más anulaciones de despidos han provocado, por ejemplo por no entregar las cuentas del año en curso. En este sentido, los jueces han dictaminado cómo debe ser la comisión negociadora, invalidando la negociación centro por centro o por colectivos. Y ha determinado cómo deben actuar los grupos de empresas. Si bien, según Cifuentes, dentro de las cuestiones procedimentales, las últimas sentencias apuntan a que la próxima pelea de los jueces será la nulidad de los despidos por no existir una clara fijación de los criterios de selección ni antes, ni durante el periodo de consultas, como ocurrió con el pronunciamiento de la Audiencia en el caso Tragsa (1-4-2013).


Otras nulidades de despidos no relacionadas con el procedimiento han estado provocadas por haber detectado el Supremo ánimo fraudulento en un ERE previo a una sucesión de empresas; o haber aumentado los afectados por despido en el proceso de consultas tras una huelga de la plantilla (caso Celta Atlántica, TS 20-9-2013).


                  Modificación sustancial de condiciones


Junto a las facilidades en los despidos, el otro gran cambio legal de la reforma afectó a las facilidades a la hora de modificar las condiciones sustanciales de los trabajadores, sobre todo, los salarios. En este terreno los jueces han dictaminado que estos procesos se pueden realizar a la vez que un despido colectivo. El Supremo ha indicado que un cambio en el plan de incentivos es una modificación sustancial y es nulo si no hay consultas(caso Sanitas, 21-2-2013). También que es posible la reducción de las comisiones por ventas si hay disminución de ventas (caso Cortefiel). O que un cambio normativo referente, por ejemplo al horario de apertura del comercio exige un proceso de modificación del artículo 41 y no se puede hacer unilateralmente por el empresario (caso Carrefour, 13-3-2013).


                 La ultraactividad: aún sin solución


Es el aspecto que cuenta aún con más incertidumbres. De hecho, hay sentencias contradictorias sobre si una regulación, anterior a la reforma, que permita la vigencia del convenio hasta que no se pacte uno nuevo puede considerarse pacto en contrario a las nuevas limitaciones de la ultraactividad. Tampodo hay casi pronunciamientos sobre qué ocurre si se aplica la ultraactividad y no hay convenio de ámbito superior que aplicar.


Si bien, Cifuentes, cree que pronto habrá sentencias que irán en la línea de la del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que, en ese caso, obliga al empresario a realizar un proceso de modificación de condiciones sustanciales   si quiere cambiar las condiciones del convenio. 


Rosell pide más cambios para restar poder a los tribunales


El presidente de la patronal CEOE, Juan Rosell, reclamó ayer “menos leyes, que sean mucho mejores, que duren mucho más tiempo y más simples”. De esta forma respondió tras ser preguntado por la anulación de parte de los despidos de Panrico por parte de la Audiencia Nacional, durante la inauguración del XXIII Congreso de la Federación de Asociaciones de Concesionarios de la Automoción (Faconauto).


En este sentido, insistió en que aún hacen falta “muchas más reformas laborales para adaptar la realidad de las empresas a la legalidad de las leyes” y para “no estar pendientes de lo que dicen los jueces”. Así, el líder patronal consideraba ayer que aún tras los cambios operados en la reforma, la jurisprudencia conocida hasta ahora los jueces siguen valorando la razonabilidad o la proporcionalidad de las medidas. En el caso de Panrico, el tribunal ha aceptado la causa solo parcialmente, respaldando los despidos de 2014 pero no los previstos para 2015 y 2016. “Esto indica que los jueces no van a ser tan flexibles con los ERE abiertos” explicó el abogado de Olswang, Daniel Cifuentes. 







Fuente Cinco Días