viernes, 21 de marzo de 2014

Aprobada la Ley de Seguridad Privada con más competencias para los vigilantes de seguridad.

http://www.cadenaser.com/espana/articulo/aprobada-ley-seguridad-privada-competencias-vigilantes/csrcsrpor/20140320csrcsrnac_28/Tes

La oposición critica la falta de precisión del texto y cree que abre la puerta a los vigilantes para actuar en concentraciones y protestas, en sintonía con la Ley de Seguridad Ciudadana, que autoriza a la policía a pedir colaboración de las empresas de seguridad.

 

 

La Ley de Seguridad Privada se aprobado hoy tras su último debate en el Congreso con las críticas de la oposición. La norma, objetivamente, aumenta las competencias de los vigilantes y favorece el negocio de la seguridad privada. Para el Gobierno la simbiosis epúblico privada favorece la seguridad, utilizando los recursos de las empresas del sector.

En su paso por el Senado se han eliminado alguno de los puntos polémicos como que los agentes patrullen en las inmediaciones de zonas comerciales. Ahora lo harán en "parques o zonas de ocio delimitados". Y podrán tomar nota de los datos personales de los detenidos, sin hacer comprobaciones.
La imprecisión del texto da lugar a interpretaciones abiertas. Por eso desde la oposición el grupo socialista, IU y UPyD temen que Interior esté dando luz verde a la posibilidad de que los vigilantes privados colaboren con la Policía en concentraciones sociales. De hecho, la Ley de Seguridad Ciudadana permite a la Policía pedir el refuerzo de estas empresas, previa autorización.

Según Antonio Trevín Trevín, portavoz de Interior del grupo socialista, durnte su intervención, con esta ley "debemos acostumbrarnos a la presencia de empresas de Seguridad Privada en el día a día. Y sin embargo, carece de mecanismos legales y medios efectivos y transparentes para controlar sus posibles incumplimientos o violaciones de los derechos ciudadanos de manera efectiva". Trevín ha puesto algunos ejemplos, como el matrimonio de turistas franceses que denunció ser agredido en un Centro Comercial de Torrevieja el pasado diciembre. La empresa, CAESA, y el centro de Carrefour donde sucedieron los hechos, únicamente lamentó los hechos.

Durante el último debate parlamentario, el grupo socialista ha criticado la posibilidad de obligar a los organizadores de eventos a contratar seguridad privada. "Desde una concentración ciclo turista a una manifestación antigubernamental, pasando por los partidos de fútbol modesto o las maratones populares". No cumplir con las medidas de seguridad obligatorias está tipificado de infracción muy grave con multas de 30.000 a 600.000 euros.

IU ha criticado la ley en el mismo sentido. Para Ricardo Sixto, el Gobierno "con este texto ambiguo le va a otorgar nuevas capacidades de detención y retención a los miembros de las empresas de seguridad privada".
El portavoz del PP, Conrado Escobar, ha insistido en que las detenciones se producirán únicamente en "flagrante de delito" sin precisar si los agentes recibirán formación para detener y pedir los datos a los detenidos. Escobar ha defendido que supone una "mejor regulación de la seguridad pública en beneficio de todos, estructura el modelo de colaboración e incorpora las nuevas necesidades de seguridad. Mayor profesionalización de las empresas de seguridad privada y ofrece más oportunidades para la contratación en este ámbito".

Desde los sindicatos de empresas de seguridad, la primera crítica ha sido del CSI-F, el colectivo denuncia que la ley no incluye la formación de los vigilantes para acciones policiales.

 

Los detectives en contra de la Ley de Seguridad Privada


La Asociación Profesional de Detectives Privados de España critica con dureza la nueva Ley de Seguridad Privada. Aseguran que la ley no protege adecuadamente los derechos del cliente y del investigado. La nueva Ley de Seguridad Privada obliga al detective a comunicar a la policía que ha sido contratado. Por eso la Asociación Profesional de Detectives Privados subraya que "la ley debería establecer claramente la confidencialidad de los datos de los clientes, salvo resolución judicial".

Otra de las quejas que tiene la Asociación Profesional de Detectives es que la Ley impide que los ciudadanos puedan contratar a un detective en casos penales. Con ello dicen los detectives "el ciudadano se ve privado de su derecho a aportar las pruebas necesarias para su defensa, cuando no esté de acuerdo con el resultado de la investigación policial". La Asociación de Detectives añade que la Ley va a encarecer los servicios de los detectives privados porque establece formalidades y obligaciones innecesarias como elaborar un detallado informe de investigación aunque el cliente no quiera ese informe.

jueves, 20 de marzo de 2014

El PSOE dice que el Gobierno obligará a pagar vigilantes en manifestaciones.

http://politica.elpais.com/politica/2014/03/19/actualidad/1395263457_506839.html

La Ley de Seguridad Privada se aprueba este jueves con una fuerte división y protesta.



Una división profunda se producirá este jueves, 20 de marzo, cuando se debata para su aprobación definitiva la Ley de Seguridad Privada. El texto salió del Congreso hacia el Senado con la esperanza de que se produjeran cambios. Pero hoy algunos grupos parlamentarios, como el PSOE e Izquierda Plural, denunciarán que los cambios han sido para peor. Se ha eliminado, en efecto, el exceso de competencias de los vigilantes privados, pero se han introducido modificaciones que favorecen el negocio de la seguridad. Y, además, se dificulta la capacidad de ciudadanos, colectivos y organizaciones de convocar manifestaciones y actos. Esta es la denuncia del PSOE,  basándose en el artículo que fija que será obligatoria la contratación de vigilancia privada para promotores de eventos, incluidas manifestaciones, concentraciones, mítines y actividades deportivas.

“El Ministerio del Interior, o en su caso, el órgano autonómico competente podrá ordenar que los titulares de establecimientos o instalaciones industriales, comerciales y de servicios y los organizadores de eventos, adopten las medidas de seguridad que reglamentariamente se establezcan”. Así ha quedado redactado el artículo 51 de la ley a su paso por el Senado. Precisamente todo ese artículo, referido a “medidas de seguridad privada”, con ocho apartados, ha sido radicalmente modificado en la Cámara Alta.

La satisfacción inicial por la eliminación de la competencia de la seguridad privada de patrullar por zonas comerciales peatonales, se ha marchitado por este añadido. Para los socialistas e Izquierda Plural significa “alimentar el sector de la seguridad privada y libera al Gobierno de tener que adoptar decisiones para impedir eventos o manifestaciones que les sean molestos”. Esta acusación la formulará hoy el portavoz socialista de Interior, Antonio Trevín, que atribuye al gobierno el interés de favorecer a ese sector pero también de poner dificultades a los grupos, partidos y organizaciones que salen a la calle a protestar. No todos los grupos de la sociedad civil tienen capacidad de pagar seguridad privada y esto es lo que puede ocurrir si el gobierno “lo ordena”, según la interpretación de los socialistas como hoy expondrán en el tramo último de la aprobación de la ley.

Se ha mantenido invariable la capacidad de los vigilantes privados de actuar en la zona perimetral de centros de internamiento de extranjeros y su "participación en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial". La ley saldrá aprobada con los votos del PP, CiU y PNV y el voto en contra del PSOE, Izquierda Plural, UPyD y los partidos del grupo mixto. Para estos la nueva norma “rompe con la concepción de seguridad ciudadana. El Estado se “ha echado a un lado” por razones económicas”, concluye UPyD.

miércoles, 19 de marzo de 2014

Dos vigilantes detenidos por robar cobre de empresas que custodiaban.

  • Los detenidos llegaron a sustraer unos 2.000 kilos, que vendieron por más de 7.000 euros.

  • Disponían de llaves de acceso a las instalaciones y códigos de desactivación de alarmas.

    La Guardia Civil ha detenido a dos vigilantes de seguridad por robar 2.000 kilogramos de cobre, valorados en unos 7.000 euros, en diferentes empresas en las que prestaban sus servicios. La operación, bautizada como Bridge, ha sido desarrollada por la Policía Judicial de la Comandancia de Sevilla, junto al equipo ROCA de Lora del Río.

    La investigación se inició el pasado septiembre, a raíz de operaciones anteriores desarrolladas por la Comandancia de la Guardia Civil de Sevilla contra la sustracción de cobre, que llevaron a los agentes a realizar numerosas inspecciones en chatarrerías y establecimientos de reciclaje, para controlar las operaciones de compra-venta del material.

    En una de estas inspecciones, los agentes detectaron en los controles cómo un grupo de personas, en un corto espacio de tiempo, había efectuado gran cantidad de ventas de hasta 2.000 kilos de cobre, por los que recibieron más de 7.000 euros. La mayoría de las ventas eran realizadas por dos personas que trabajaban como vigilantes en una empresa de seguridad.

    Los detenidos, cuya misión es la de acudir cuando se produce un salto de alarma para verificar la misma, tenían asignadas varias empresas e instalaciones dedicadas algunas de ellas al reciclaje de chatarra. Estos individuos contaban, para realizar su trabajo, con llaves de acceso a las instalaciones de las empresas, así como con los códigos de desactivación y activación de los sistemas de alarma, por lo que disponían de todas las facilidades para cometer las sustracciones del cobre mientras efectuaban sus servicios de vigilancia.

    Fuente: http://www.elmundo.es/andalucia/2014/03/18/5328186ce2704e94348b456b.html

sábado, 15 de marzo de 2014

El Senado aprueba con los votos de PP y CiU la nueva Ley de Seguridad Privada

http://www.europapress.es/nacional/noticia-senado-aprueba-votos-pp-ciu-nueva-ley-seguridad-privada-20140312223206.html



Rechanzan cinco vetos a la norma de IU, ICV, PSC, ERC y PSOE

El Senado aprueba con los votos de PP y CiU la nueva Ley de Seguridad Privada

Los populares dicen que "al Estado le cuesta mucho formar a un guardia civil para que luego esté en el acceso de una cárcel pidiendo el DNI"

 

   MADRID, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -
   El Pleno del Senado ha aprobado este miércoles la nueva Ley de Seguridad Privada que será remitida de nuevo al Congreso para su aprobación definitiva gracias a los votos del PP y CiU. 'Populares' y nacionalistas catalanes han rechazado cinco vetos presentados por IU, ICV, PSC, ERC y PSOE, quienes consideran que esta normativa busca satisfacer a las empresas del sector privado en detrimento de la seguridad pública y las competencias de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
   El senador socialista, Enrique Cascallana ha acusado directamente a los 'populares' de haber hecho una Ley "atendiendo a la demanda de las grandes empresas de Seguridad y no del interés general" y ha criticado que en el redactado de la norma no se aclaran las funciones que tendrán desde ahora los vigilantes privados y si podrán o no patrullar por calles peatonales comerciales.
   "Ustedes adelgazan el Estado y nos llevan al principio que dice: 'quien quiera seguridad que se la pague'". En esa misma línea han girado la mayoría de los discursos de los grupos que se oponen a esta nueva Ley.
   Por parte del PP, Santiago López Valdivielso ha replicado que "hay frases y aseveraciones que se han ido repitiendo y que nada tienen que ver con el propósito del proyecto de Ley". "No sé qué texto se han leído ustedes. Era necesaria una nueva normativa que mejorase y actualizase la legislación vigente", ha dicho Valdivielso.
   Una de las novedades que contempla esta Ley es que los vigilantes puedan hacerse cargo de control del perímetro exterior de las cárceles. "Al estado le cuesta mucho formar a un guardia civil y resulta que luego le destinamos a un control de acceso a una cárcel a pedir un DNI lo cual también es frustrante para ese guardia civil", ha explicado el senador del PP, que fue director general de la Guardia Civil durante el Gobierno de José María Aznar.
   El senador de CiU Jordi Miquel Sendra ha negado que su partido sea partícipe de "un complot para privatizar la seguridad pública junto al PP" y ha recordado que su formación presta apoyo al Gobierno de la Generalitat en Cataluña, "que está obligado a gestionar la seguridad pública en esa comunidad".
   Por ello, según ha dicho, aunque la Ley no sea de su agrado su obligación es tratar de llegar a acuerdos para tratar de mejorarla. "Hemos llegado a acuerdos suficientes para haber mejorado la Ley y por eso vamos a votar en contra de los vetos presentados", ha zanjado.
   El senador del PNV Iñaki Anasagasti ha dicho que su partido no ha presentado ningún veto, pero ha advertido de que "ha estado apunto de hacerlo" y ha criticado que este es un "debate caduco, absurdo y mal planteado". Además, ha lamentado la ausencia del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, que "ni está ni se le espera". Finalmente ha anunciado la abstención ante los vetos planteados.

PATRULLAR EN CALLES PEATONALES COMERCIALES

 

   Entre los acuerdos alcanzados por el PP y CiU en este trámite parlamentario del Senado se encuentra el de haber modificado la redacción original de la Ley en uno de los artículos que generó más polémica entre los grupos de la oposición y que hace referencia a las competencias de los agentes de seguridad privada. De este modo, en la nueva redacción del artículo 41 de esta Ley se elimina que estos agentes puedan patrullar por las zonas comerciales peatonales.
   El redactado que fue aprobado en el Congreso de los Diputados establecía que los agentes jurados podían hacer labores de "vigilancia en zonas comerciales peatonales" como, por ejemplo, la calle Preciados de Madrid. En la actualidad esta competencia es exclusiva de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Eso sí, en el Congreso se establecía como requisito que tuviesen "autorización previa por parte del órgano competente" y que realizasen esa labor en coordinación con la Policía, la Guardia Civil o las policías autonómicas y locales.
   No obstante, tras el acuerdo de 'populares' y nacionalistas catalanes, este supuesto de vigilar las "zonas comerciales peatonales" ha sido eliminado del artículo, en el que sí se mantienen el resto de funciones previstas en el redactado original. De este modo, los agentes de seguridad privada sí podrán realizar la vigilancia perimetral de centros penitenciarios y centros de internamiento de extranjeros o la "participación en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial".

PARQUES COMERCIALES, POLÍGONOS Y EVENTOS

 

   También con autorización previa, los agentes jurados podrán vigilar polígonos industriales y urbanizaciones (incluidas sus vías o espacios de uso común), complejos o parques comerciales y de ocio que se encuentren delimitados así como acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común.    
    El entendimiento entre el PP y CiU se vio en la tramitación de esta Ley en el Congreso donde el Gobierno y el PP accedieron a modificar en el trámite parlamentario varios artículos después de que CiU presentase una enmienda a la totalidad al texto en la que denunciaban "invasiones competenciales" recogidas en el Estatut catalán y reconocidas por la Constitución.
   Así lo anunció en el Congreso de los Diputados el propio ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, quien aseguró que "aquellos aspectos que motivaron la enmienda (a la totalidad)" quedarían "subsanados". En consecuencia, los nacionalistas retiraron su enmienda a la totalidad por la que pedían devolver el texto al Gobierno.
   Su oposición se debía a que el Estatut de Cataluña "establece que corresponde a la Generalitat la autorización de las empresas de seguridad privada así como la inspección, sanción, autorización y coordinación de las actividades de la seguridad privada que se realicen en Cataluña".

viernes, 14 de marzo de 2014

ALERTA DE FRAUDE

http://www.policia.es/org_central/judicial/udef/alertas/20110404_1.html

Phising de la Agencia Tributaria
Como cada año por esta época, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT)  presenta la campaña de la declaración deLogo Agencia Tributaria IRPF del ejercicio pasado.
También en esta época, volvemos a recibir emails que, haciéndose pasar por la AEAT y con el asunto “Mensajes de devolución de impuestos”, nos envían un enlace que nos dirige a una página web con un formulario donde nos solicitan nuestros datos, con la excusa de devolvernos cierta cantidad de dinero. TODOS NUESTROS DATOS: Nombre, NIF, número de tarjeta, fecha de caducidad, código PIN, Fecha de nacimiento.



El consejo es el mismo que en cualquier phising: Ninguna entidad bancaria ni organismo oficial solicita datos de este tipo a través de email o formulario.


jueves, 6 de marzo de 2014

TABLAS PARA 2014



Prosegur se hace cargo de la seguridad del Ceuta Center.

Fuente: http://www.elfarodigital.es/ceuta/tribunales/141710-prosegur-se-hace-cargo-de-la-seguridad-del-ceuta-center.html

Desde ayer la planta destinada a la Administración de Justicia del edificio Ceuta Center se encuentra bajo la custodia de la empresa privada de seguridad Prosegur toda vez que agentes de la Guardia Civil que hasta la fecha velaran por el enclave hayan pasado a régimen de reserva.

De tal manera, y según informan fuentes de Justicia consultadas, el control correrá a cargo de la citada empresa, que ya vigila el resto de sedes judiciales (algunas con la participación de la Benemérita), “de momento y siempre que la Guardia Civil no convoque plazas”.

Asimismo, desde Justicia se apunta que “lo primero que debemos de tener en cuenta es la seguridad pero luego hay otros aspectos muy importantes también como el presupuesto con el que contamos".

Prosegur paraliza su ERE en España tras el acuerdo para congelar los sueldos del sector.

Fuente: http://vozpopuli.com/economia-y-finanzas/39679-prosegur-paraliza-su-ere-en-espana-tras-el-acuerdo-para-congelar-los-sueldos-del-sector



La dirección de Prosegur España “ha decidido paralizar, de manera inmediata, los procesos de despido colectivo, descuelgue salarial y modificación colectiva de las condiciones laborales” que tenía previsto aplicar a partir de esta semana tras el acuerdo alcanzado esta mañana en la Mesa de


Negociación Sectorial entre la patronal sectorial, Aproser, y las organizaciones sindicales mayoritarias del sector, para un nuevo convenio colectivo, según una nota interna de la compañía de seguridad a la que ha tenido acceso Vozpópuli.



El acuerdo se ha alcanzado tras la celebración, hace una semana, de una reunión en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) tras la demanda de Conflicto Colectivo presentada en enero por Aproser, que se cerró con el acuerdo favorable de UGT y USO y el rechazo de CCOO y CIG. Según ha explicado este viernes la compañía sueca Securitas, el convenio que acaba de firmarse establece una “congelación salarial” para este ejercicio.

A finales del año pasado, Aproser propuso suspender la aplicación de la subida salarial del 4% prevista para este año en el convenio vigente hasta entonces (que cubría hasta finales de 2014) para adaptar las condiciones laborales “a la grave situación económica del sector”, “mantener el mayor número de empleos posibles y preservar el convenio colectivo del sector”.


La situación se agravó con la entrada en vigor del RDL 16/2013 del pasado 22 de diciembre, que estableció la obligatoriedad de cotizar por las retribuciones en especie (como los famosos tickets de comida), que desde entonces obliga a cotizar por el plus de transporte y que, según las empresas de seguridad, incrementaba sus costes en un 2,07% de la masa salarial.



La subida de cotizaciones provocó una catarata de descuelgues del anterior convenio colectivo por parte de las empresas, incluyendo a Prosegur, que el año pasado puso en marcha un plan de “optimización de la cartera de clientes” en España para rescindir unilateralmente aquellos contratos con administraciones públicas y empresas privadas que la compañía considera no rentables por falta de pago.


La suspensión del ERE ha coincidido con la presentación, esta mañana, de los resultados anuales de Prosegur. El grupo español, uno de los líderes mundiales del sector, ganó 156 millones de euros, un 9,3% menos, debido, según ha explicado, al incremento de la tasa fiscal. La facturación se mantuvo estable en 3.695 millones de euros, gracias a que la actividad internacional compensó la bajada del mercado nacional, cuyo resultado operativo (Ebit) bajó otro 8,1%, hasta 867 millones.



El resultado bruto de explotación (ebitda) bajó el 3% y se situó en 414 millones de euros. En Latinoamérica, las ventas crecieron el 3,6 %, hasta sumar 2.256 millones de euros, a pesar de que el tipo de cambio tuvo un impacto negativo del 15,1%, según Prosegur, presente en 17 países y con más de 25.000 empleados en España.

lunes, 3 de marzo de 2014

El Gobierno propicia que el empresario pueda sustituir empleados antiguos por otros nuevos, cuya cotización será menor

La letra pequeña de la tarifa plana de 100 euros de cotización a la Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos que anunció Mariano Rajoy como su medida estrella en el Debate sobre el Estado de la Nación para crear empleo está demostrando que no fue desacertado el calificativo de bluf que usó el PSOE al valorar la medida.

El empresario pagará 100 euros en todos los casos

La tarifa plana establece que los contratos indefinidos que se firmen entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre contarán con una reducción muy importante de la cotización en la parte correspondiente a las contingencias comunes. Sea cual sea la base de cotización del trabajador, el empresario pagará 100 euros al mes durante dos años, a lo que habrá que sumar el resto de cotizaciones (seguro de desempleo, formación y Fogasa), algo que en el caso de los sueldos más bajos eleva la factura hasta los 147,4 euros por empleado, y en el de los más altos, hasta los 315,7 euros.

La puerta abierta para que el empresario pueda despedir

Pero ahora que comienza a desmenuzarse la medida tras su publicación en el BOE, se descubre que el Gobierno ha dejado abierta la posibilidad al empresario para que pueda sustituir empleados antiguos, por los que hay que pagar una cotización íntegra, por otros nuevos, cuya cotización será menor. Además, deja la puerta abierta a la conversión de contratos temporales en fijos sin incrementar la plantilla, informa El País.

Empresarios que despidan podrán beneficiarse

La disposición del Gobierno dice que para que una empresa pueda beneficiarse de la tarifa plana debe, al menos, mantener “tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado, al menos, con dicha contratación” durante tres años. Sin embargo, deja fuera del cómputo a los despidos individuales por causas objetivas (económicas, organizativas, técnicas), con lo que también podrá haber despidos y reducciones del empleo neto tras los nuevos contratos sin perder las ayudas.

El Gobierno fija una inspección anual para asegurarse de que durante tres años se mantiene el nivel de empleo, que comprobará anualmente al analizar el número de empleados fijos y temporales. Pero no dice nada sobre lo sucedido a lo largo de ese año, si el número de trabajadores temporales fluctúa.
Fuente el Pais

domingo, 2 de marzo de 2014

El Poder Judicial desmonta la ley de seguridad ciudadana por inconstitucional.

http://politica.elpais.com/politica/2014/02/24/actualidad/1393272364_019032.html

El Consejo del Poder Judicial considera de dudosa constitucional muchos de los artículos más controvertidos del anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana y propone su supresión o una nueva redacción. El informe elaborado por dos vocales (el conservador Wenceslao Olea y la progresista Victoria Cinto), y que dentro de un mes votará el pleno del Consejo, plantea que el texto elaborado por el Ministerio del Interior, que dirige Jorge Fernández Díaz, establece criterios “excesivamente amplios” para justificar la intervención policial y rechaza que la mera sospecha sobre la posibilidad de que se produzcan perturbaciones justifique la denuncia de una autoridad o empleado público.


Los redactores del informe sostienen que la regulación de la identificación de personas, es de “dudosa constitucionalidad” así como la posibilidad de practicar detenciones por “faltas penales o infracciones administrativas”. Los vocales cuestionan que se pueda realizar un cacheo “para sancionar una infracción”, además de considerar “incompleta e imprecisa” esta práctica, al no excluir “los desnudos, siquiera parciales”. También rechaza que empresas y empleados de seguridad privada colaboren en disolver reuniones y manifestaciones. Y para los menores de edad se recomiendan sanciones reeducadoras, no económicas. Y ve excesivo penalizar los llamados escraches.

Derecho penal de peligrosidad. Consideran los redactores del informe que el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana sigue la línea de la también anunciada reforma del Código Penal en el sentido de situarla en el marco del llamado derecho penal de peligrosidad, pues convierte la seguridad en una prioridad de la política criminal y al Estado en el espadachín que ha de defenderla con todos los medios a su alcance. Así, la reforma intensifica la acción preventiva, no solo del delito, sino también de las infracciones administrativas y, por tanto, incrementa notablemente las infracciones contra la seguridad ciudadana.

Cacheos e identificaciones. El anteproyecto regula las diligencias de cacheo e identificación realizadas con ocasión de controles preventivos de ciudadanos. Entienden los redactores del informe del Poder Judicial que es cuestionable que se establezca un cacheo para “sancionar una infracción” y critican la imprecisa redacción normativa, puesto que no se sabe qué se quiere decir en ella y si ha de entenderse que ya existe un proceso penal o un procedimiento sancionador. Además, la diligencia de cacheo que recoge la norma es incompleta e imprecisa. No define el cacheo. No lo limita al registro externo y superficial, y no excluye, en consecuencia, la práctica de desnudos, siquiera parciales. El informe echa en falta una referencia más precisa a cómo ha de llevarse a cabo el cacheo, por lo que considera que la nueva norma debería indicar expresamente el respeto a la dignidad e intimidad de la persona sometida al mismo y su carácter reservado, limitando los cacheos en la vía pública a supuestos de necesidad. Del mismo modo, señala el informe, debería recogerse la indicación del cacheo por una persona del mismo sexo que la cacheada, y con el máximo respeto a su identidad sexual.

Disoluciones de reuniones. El anteproyecto, en su artículo 22.3, incluye como causa de disolución de reuniones que “exista riesgo de que se produzcan alteraciones de la seguridad ciudadana con armas, objetos contundentes o con otros medios de acción violenta”. Señala el informe que esto supone una expansión de los supuestos de disolución de las reuniones y manifestaciones que resulta inadmisible.

Intervención de la seguridad privada. El informe rechaza también la obligación de empresas y empleados de seguridad privada las colaborar eficazmente con la policía. Y recomienda la supresión de esta norma, básicamente porque afecta al ejercicio de un derecho fundamental, cuya defensa se atribuye en exclusiva a las citadas fuerzas estatates.

 

Los artículos cuestionados

Artículo 16. Los policías podrán requerir la identificación de las personas y realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento.(...) Podrán inmovilizar a quienes se negaren o no pudieran ser identificados (...) y requerirles para que les acompañen a comisaría.

Artículo 17. Para el descubrimiento y detención de los partícipes en una acción ilegal (...) se podrán establecer controles en las vías, lugares o establecimientos públicos (...) para identificar a las personas que transiten o se encuentren en ellos, el registro de los vehículos y el control superficial de los efectos personales.

Artículo 19. Las diligencias de cacheo e identificación en controles preventivos (...) tendrán la consideración de medidas preventivas policiales de carácter administrativo no sujetas a las mismas formalidades que la detención.

Artículo 42. Con el fin de apreciar la reincidencia y valorarla a efectos de la concesión de autorizaciones administrativas (...) se crea en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

Artículo 47. Los policías podrán efectuar denuncias por la comisión de infracciones (...) teniendo sus manifestaciones valor probatorio de los hechos denunciados.

Artículo 54. Las sanciones, así como los nombres, apellidos, denominación o razón social de responsables de la comisión de infracciones muy graves, cuando hayan adquirido firmeza en vía administrativa, podrán ser hechas públicas.

Disposición final. Cuando los infractores sean extranjeros (...), podrá aplicarse, además de la multa, la expulsión del territorio español.

Responsabilidad de los organizadores de manifestaciones. El artículo 29.3 de la nueva norma establece la responsabilidad conjunta de los organizadores y promotores de las reuniones y manifestaciones. Esto contraviene, según el informe, el principio juridico de personalidad de la sanción, por lo que debería suprimirse esta norma.

Faltas y delitos. Algunas de las nuevas infracciones incorporan conductas que actualmente son faltas penales. El informe indica que, ante la supresión de esta clase de infracciones penales en la ley orgánica que proyecta el Gobierno para el Código Penal, hay que tener en cuenta las siguientes consecuencias: a) la sanción no se impone por un órgano judicial, sino por la Administración, a quien corresponderá la valoración del comportamiento, sin perjuicio de la posibilidad de revisión ante órganos jurisdiccionales; b) para la revisión judicial de la sanción administrativa, será necesario el pago de tasas judiciales, que no existen en el actual procedimiento penal. También hay que analizar que, en el procedimiento sancionatorio administrativo, las declaraciones de los agentes que formulen denuncia gozan de valor probatorio de los hechos denunciados, mientras que en el procedimiento penal tienen el valor de simples declaraciones. Además, siempre según el informe, la multa penal se impone ahora por un juez y teniendo en cuenta la capacidad económica del denunciado, mientras que para la determinación de la multa administrativa no se atiende a esta circunstancia. Y no solo eso: según el anteproyecto, la sanción firme administrativa será inscrita en un Registro Central de Infracciones, mientras que ahora la condena por falta no es susceptible de inscripción en registro alguno.

Ultraje a la bandera. Otras de las nuevas infracciones que plasma el anteproyecto se refiere a conductas que ya están tipificadas y sancionadas como delito. Por ejemplo, las ofensas o ultrajes a España, las Comunidades autónoma, o a sus símbolos o emblemas o las manifestaciones públicas, escritas o verbales. En este caso, según el informe, no se establece en ningún caso la diferencia entre el delito y la infracción administrativa, lo que plantea problemas relacionados con el principio de non bis in ídem (nadie será sancionado dos veces por el mismo hecho).

El informe también critica que la nueva norma tipifique conductas que difícilmente puede decirse que comprometen la seguridad pública y, por tanto, no está justificada su previsión como infracción. En algunas infracciones se aprecia una falta de proporcionalidad, llegándose a sancionar conductas insignificantes. El informe destaca, además, que la supresión de los criterios de graduación de las sanciones que se hace en el anteproyecto resulta desafortunada y puede dar lugar a sanciones injustas.

La SEPA llega al banco: no se podrá cobrar comisión por pasar del CCC al IBAN

http://cincodias.com/cincodias/2014/02/24/mercados/1393227462_086077.html



Parecía obvio pero ya está en una norma. El tránsito del antiguo número de cuenta de cliente (CCC) al nuevo código internacional (IBAN) será gratuito para las transferencias y recibos domiciliados para consumidor hasta el año 2016, según una orden publicada por el Ministerio de Economía este fin de semana.
La normativa que impulsa una única zona de pagos en la Unión Europea (SEPA) entró en vigor el pasado 1 de febrero, si bien la UE otorgó un periodo adicional de seis meses para completar la transición al nuevo sistema. De esta forma, desaparece el anterior Código de Cuenta cliente (CCC) o Código Básico de Cuenta Bancaria (BBAN) y se pasa al Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN).
Pero según publica el BOE, la conversión del CCC al IBAN no podrá tener coste para el consumidor. Al menos, hasta 2016.
Según publicó el BOE, los proveedores de servicios de pago “no cobrarán a los usuarios consumidores de servicios de pago ninguna comisión o tasa, directa o indirectamente relacionadas con los servicios de conversión”.
Además, puntualiza que esa gratuidad será “cuando sean consumidores y exclusivamente para operaciones nacionales”, y exige a los bancos que se facilite "al consumidor el IBAN antes de que inicie la operación".
La nueva norma exige también que los bancos informen a los usuarios "de las características del nuevo servicio, así como de las consecuencias que con dicha conversión se producen". Esa información deberá "ser clara, objetiva, no engañosa y comprensible para el consumidor".